Bases y Convocatoria: Real Decreto 616/2017, de 16 de junio, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a proyectos singulares de entidades locales que favorezcan el paso a una economía baja en carbono en el marco del Programa operativo FEDER de crecimiento sostenible 2014-2020. Publicado en BOE nº 144 del sábado 17 de junio de 2017.
Objeto: Concesión directa de subvenciones a las Entidades Locales de menos de 20.000 habitantes para proyectos de inversión en el ámbito de la economía baja en carbono.
Actuaciones elegibles: Los proyectos habrán de conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono, mediante los siguientes tipos de actuaciones:
la mejora de la eficiencia energética en la edificación y en las infraestructuras y servicios públicos.
la movilidad urbana sostenible.
el uso de las energías renovables de usos térmicos, así como para el autoconsumo eléctrico.
El catálogo de posibles actuaciones se incluye en anexo del Real Decreto.
Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de las ayudas los proyectos promovidos por municipios o agrupaciones de municipios cuya población sea inferior a 20.000 habitantes, así como Ceuta y Melilla.
Modalidad y cuantía de la ayuda: El porcentaje de cofinanciación FEDER a recibir será el que esté asignado a la región en la que se encuentre el proyecto, y podrá ser bien del 50%, el 80% o el 85% en función de la clasificación de la región.
Las entidades locales deberán financiar la actuación y percibirán la cofinanciación FEDER una vez la actuación esté concluida. Se tiene previsto, en función de las disponibilidades presupuestarias, la posibilidad de dotar un anticipo del 40% sobre la ayuda otorgada, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el art 131, punto 4 del Reglamento UE 1303/ 2013 de disposiciones Comunes.
Presupuesto: En esta primera convocatoria se ha establecido un presupuesto total de 336 millones de euros. Se ha establecido una distribución de los fondos FEDER por CC.AA. y objetivo específico.
Igualmente, para evitar una excesiva concentración de los fondos, se ha fijado un límite de 5 millones de euros por ayuntamiento.
Procedimiento: La concesión de las subvenciones se realizará por el procedimiento de concurrencia simple, otorgándose a todos aquellos solicitantes que tengan derecho, por orden de registro de su solicitud, hasta agotar presupuesto o llegar a la fecha de vigencia del programa, establecida en el fin de 2018. Toda la tramitación será telemática a través aplicación específica accesible desde la Sede Electrónica del IDAE.
Plazos de presentación y vigencia del programa: las solicitudes se podrán presentar desde las 00:00 horas del día 18 de julio de 2017, hasta la conclusión del programa (31/12/2018) o agotamiento del presupuesto.